Blogia
Pilongos

El derecho a una larga vida

Una larga existencia, con buena calidad de vida forma parte de los sueños de millones de habitantes del planeta y es uno de los derechos de cada cubano, de lo cual son testigos más de 184 mil 800 habitantes de Villa Clara con 60 años o más, para un 22,1 por ciento de la población total.

El incremento de la longevidad, en la provincia, responde a factores inherentes al proyecto social cubano, entre ellos el proceder de equipos multidisciplinarios de gerontología integrados por médicos, psicólogos, enfermeras y trabajadores sociales, en todas las áreas de salud.

Además, resulta sobresaliente el funcionamiento de círculos de abuelos, orientados a la realización de ejercicios físicos con más de 73 mil integrantes: así como también el desarrollo de programas recreativos y culturales, lo que permite una existencia más satisfactoria, activa y feliz.

Los registros colocan al territorio como la región más envejecida de Cuba, donde habitan 209 centenarios, ascendente cantidad de personas que llegan o rebasan los 100 años edad, quienes requieren de una permanente atención sanitaria.

Cada poblador de estos dominios, al nacer tiene una esperanza de vida de 79,10 años, superior a la media nacional y similar a la de países desarrollados.

A pesar de dificultades financieras del país, atizadas por un bloqueo económico de Estados Unidos que dura más de media centuria, existe preocupación por los individuos que han vivido más, lo que llevó este año a la reparación de una decena de hogares de ancianos y cinco casas de abuelos.

También se destaca el accionar de la Seguridad Social que va desde prestaciones monetarias, servicio de comedores hasta atención domiciliaría y beneficios que incluyen cuidado al anciano solo y sin familia.

La prolongación de una subsistencia digna sería imposible sin una voluntad política garante de la satisfacción de necesidades básicas y el respeto y amor para todos los que peinan canas, empeño que no está exento de tropiezos, en el cual participan personas de buena voluntad.

El artículo tres de la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948 , declara que: Todo individuo tiene derecho a la vida, lo que en Cuba pudiera agregársele, a una longeva y feliz existencia.

0 comentarios